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Cuentaclaras

Calendario fiscal del autónomo

Las fechas y los modelos que tienes que tener en el calendario si eres autónomo en España.

Casi todo lo que presenta un autónomo cabe en cuatro fechas al año. Estas son las citas trimestrales y los resúmenes anuales, con los modelos que corresponden a cada una.

PeriodoPlazoModelos
Primer trimestreDel 1 al 20 de abril130, 303, 111, 115
Segundo trimestreDel 1 al 20 de julio130, 303, 111, 115
Tercer trimestreDel 1 al 20 de octubre130, 303, 111, 115
Cuarto trimestreDel 1 al 30 de enero130, 303, 111, 115
Resumen anual de IVAEnero390
Resumen anual de retencionesEnero190, 180
Operaciones con tercerosFebrero347
Declaración de la rentaDe abril a junio100

Cuando el último día de plazo cae en sábado, domingo o festivo, se traslada al siguiente día hábil. Si domicilias el pago en el banco, el plazo se acorta unos cinco días, así que no lo dejes para el final.

Qué es cada modelo

Modelo 130

El pago fraccionado del IRPF: un 20 % de tu rendimiento acumulado. Estás exento si más del 70 % de tus ingresos llevan retención.

Modelo 303

La liquidación trimestral del IVA. Se resta el IVA soportado del repercutido y se ingresa la diferencia.

Modelo 111

Solo si retienes IRPF a alguien: a tus trabajadores en nómina o a otros profesionales que te facturan con retención. Ese dinero lo ingresas tú en Hacienda.

Modelo 115

Solo si alquilas un local para tu actividad y la factura del arrendador lleva retención.

Modelo 349

Si vendes o compras a empresas de otros países de la Unión Europea y estás dado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios.

Consejo práctico

Pon las cuatro fechas trimestrales en el calendario del móvil con un aviso de diez días de antelación y reserva ese día para cuadrar libros. Presentar fuera de plazo con resultado a ingresar conlleva recargos automáticos que crecen con los meses de retraso.

Esto es una estimación, no asesoramiento fiscal. Las calculadoras aplican las reglas generales y no contemplan situaciones particulares como escalas autonómicas propias, recargo de equivalencia, módulos, deducciones familiares o actividades exentas.

Antes de presentar cualquier modelo, contrasta el resultado con tu asesoría o con la sede electrónica de la Agencia Tributaria.